«Las manifestaciones que no se hubieran ajustado al régimen de la Ley no por ello habrían de reputarse ilegales -sino sólo no amparadas por la Ley Orgánica-, salvo los supuestos tipificados en el Código Penal (arts. 513-514: reuniones para cometer delitos o integradas por personas que porten armas) y hay que interpretar que de no producirse alteraciones del orden público o de incurrir en algún motivo expreso de ilegalidad no podrían ser disueltas.»
Sinopsis artículo 21 Constitución Española
La asamblea de estudiantes 15M de la UBU decidió ayer sumarse a la convocatoria inicialmente realizada por la Plataforma Identidad Estudiantil de convocar una concentración para mañana viernes 24 a las 17:00 frente a la Subdelegación del Gobierno en Burgos, C/ Vitoria nº 34.
Igualmente secunda la huelga general de estudiantes convocada desde Valencia para el próximo miércoles 29 de febrero. Por ello se convoca una manifestación en Burgos ese día que partirá a las 12:30 de la Pza. del Cid. Todas las organizaciones sociales de la ciudad están invitadas a sumarse a esta movilización. Asimismo, consideran que sería interesante organizar columnas desde los centros educativos y las facultades al lugar de la manifestación.
DRY Burgos secunda estas convocatorias, comunicadas a las autoridades, porque como se ha expuesto ninguna manifestación pacífica es ilegal.

Miguel A. Presno Linera: ¿Es el enemigo?







Coincido con el hecho de que ninguna manifestación pacífica es ilegal, por lo tanto no es conveniente que os rasguéis las vestiduras cuando en algún momento estás se han convocado o se convocarán sin solicitar permiso. Escrito ha quedado
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Aclaración: para una manifestación no se “pide permiso”, se comunica. Entonces, salvo que prime la inmediatez ¿por qué no hacerlo?
Cuando se convoca una manifestación con suficiente antelación, en mi opinión, lo que debe hacerse es comunicarla, por responsabilidad con las personas a las que convocas, y por incomodar lo menos posible a la ciudadanía con los cortes del tráfico, etc.
Para una concentración pacífica que se planea de hoy para mañana, no es posible comunicarlo, y nadie se rasgará las vestiduras porque no se haga.
Los convocados tienen derecho a saber si la concentración está o no comunicada, y luego cada uno que decida libremente si asiste o no.
En cualquier caso, comunicada o no, siendo una manifestación pacífica, cualquier respuesta policial desproporcionada es injustificable, por supuesto. Solo faltaría que con los salvajes recortes no tengamos derecho ni a salir a protestar.
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Pues tenemos un responsable político bien cercado que opina que ¡qué es eso de quejarse por andar sin calefacción!
http://twitter.com/#!/evilbay/status/172808700405358593
Y como vosotros habeis sufrido cuando lo haces por sus cauces bien rápido que te mandan a la mierda.
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Buen día, matizar un poco mais la cuestión,
..Se entiende por reunión (concentracion) la concurrencia concertada y temporal de más de 20 personas, con finalidad determinada.
..Puede estar comunicada y no autorizada (rechazada).. por eso, como bien dice Zigu, los asistentes tienen derecho a saber (hay manis que tienen más posibilidades que vuelen rebollos, cada unx decide si quiere participar en el correcalles).
..Respecto al tiempo necesario para solicitar por escrito una movilización, es como mínimo diez días, aunque en casos extraordinarios y urgentes se puede comunicar con menor plazo (con un mínimo de 24 horas puede ser suficiente).
..En caso de que la comunicación se presente en tiempo y forma, la Delegación de Gobierno sólo la puede rechazar por motivos justificados o proponer un día o itinerario alternativo, etc. y siempre se puede recurrir ante la Audiencia competente, por medio de un recurso Contencioso-administrativo (esto no es más que un escrito explicando porqué se rechazan los argumentos de la Delegación del Gobierno) que deberá fallar antes de la fecha de celebración de la manifestación.
..Como bien sabéis la autoridad puede disolver la mani por considerarla ilícita según las Leyes Penales (algo ambigüas.. es lo que tiene), y/o cuando se produzcan alteraciones de orden público.. y no hace falta recordar como acaba el cuento cuando pones a unos antidisturbios con ganas de alterar en vez de salvaguardar una convocatoria pacífica a la que la autoridad gubernativa está obligada a proteger frente a quien la trate de impedir y perturbar.. ¡que paradoja!..
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