Diario de Burgos 28/4/11
Investigan si el gerente de Aguas se excedió al decidir hacer fijos a 31 eventuales
«Según confirman todas las fuentes consultadas conocedoras del caso, se verían beneficiados familiares directos suyos y de otros responsables de la empresa en distintas escalas».
«Las mismas fuentes ratifican que el enfado de Blasco y Lacalle por no haber sido informados de la decisión de Carracedo es muy importante».
«El director gerente de Aguas tiene actualmente 72 años y gobierna una plantilla que ronda los 160 empleados».
Si la presidenta de la sociedad es una concejal y hay un consejo de administración, ¿como pueden decir que su gerente “se excedió? Si resulta que ha beneficiado a familiares suyos y de otros de la empresa… considerando que todo el capital es público, los ciudadanos estamos en el derecho de preguntar:
¿Cuáles han sido los criterios profesionales de selección de los empleados? ¿su capacidad o una prueba de ADN? ¿El enfado de los responsables políticos no es por la infamia sino “por no haber sido informados”?
El Sr. Carracedo tiene 72 años y sigue en activo en virtud de un “Contrato de Alta Dirección” con unas escandalosas retribuciones, ya publicadas aquí, en un régimen tan alegal que hasta las sanciones se fijan en el contrato, como se establece en el art.13 del vigente Real Decreto 1382/1985, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección.
Art. 13. Faltas y sanciones.
El alto directivo podrá ser sancionado en virtud de incumplimiento de las obligaciones derivadas de esta relación especial, en los términos que se pacten en el contrato. Tales faltas, cualquiera que sea su naturaleza, prescribirán a los doce meses desde su comisión, o desde que el empresario tuviese conocimiento de ellas.
¿Le tienen que agradecer algo? ¿Qué opinan los partidos de la “oposición” de mantener desde los años sesenta a un señor en tal régimen en un momento de paro inasumible?
Si por esto “se jubila” … el Real Decreto dice que
El alto directivo tendrá derecho en estos casos a las indemnizaciones pactadas en el contrato; a falta de pacto la indemnización será equivalente a siete días del salario por año de servicio con el límite de seis mensualidades.
¿Cuanto nos va a costar la sinvergonzada?
Autor: Romerales
Mañana: ¿Qué es en la Administración un contrato de alta dirección?

RD 1382/1985 que regula la relación laboral de alta dirección







El señor Carracedo tiene 78 años y no 72 como publican.
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Solo miente en 3 cosas el diario de Burgos, pero casualmente en 3 cosas claves.
Por un lado como bien se ha dicho en la edad.
Por otro lado se exagera un poco el numero de personal en la empresa.
Por ultimo y lo mas importante es que no existe ningun “eventual” al que hayan echo fijo. Los “eventuales” lo siguen siendo, a los que se convirtio en fijos fue a los “interinos” de los cuales la mayoria de ellos llevan en la empresa mas de 6, 8, 10 (e incluso mas) años en la empresa esperando que se convocaran unas oposiciones que nunca salieron (las cuales serian obligatorias si Aguas de Burgos siguiera dependiendo directamente del Ayuntamiento). Pero resulta que el 1 de Enero de 2011 el Ayuntamiento de forma unilateral convierte Aguas en sociedad Anonima, en cuyos estatutos se garantiza el puesto de trabajo por igual de quienes estuvieran en la empresa sin fecha de finalizacion de contrato. Por lo tanto la conversion de los contratos es un mero tramite que debia darse antes o despues gracias a unos estatutos que firmo el mismo ayuntamiento.
Me parece muy mal que el diario de Burgos publique una noticia sin haberla contrastado antes (o al menos haberse informado bien y no escribir de oidas), porque con esto lo unico que consigue es encender a una opinion publica que no tiene mas informacion que la que lee.
Por favor, no seais altavoz de periodismo desinformado.
Un saludo y gracias por dejarme publicar
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